Desde el 2009 existe una regulación la cual da la discreción a migración de quitarle la residencia a una residente que se presuma, no vive en América. Esta ley solo se había cumplido al pie de la letra en Puerto Rico. La misma establece que un residente que dure más de 3 meses fuera del país, será recibido como un residente que retorna, lo cual quiere decir, que hay que determinar si realmente vive en el país o no. Si el oficial entiende que no es residente que retorna, lo categoriza como un extranjero que solicita admisión, igual que como si fuera un turista y pudiera ponerlo en un proceso de remocieon inmediata. El caso más típico es el que dura 180 días consecutivos fuera de USA o el que permanece varios meses del año, fuera de USA y regresa de nuevo a su país. Para resolver esto, puedes pedir un permiso para vivir en el extranjero hasta que completes el periodo de tu pensión o quedarte a vivir en USA.