Nombre: Yaviela
Pregunta:
Hola Dr. Rodriguez. Mi hija de 20 años tuvo un hijo en América con visa de turista. La pareja de mi hija es residente y mi pareja es americano y nos casaremos en marzo. ¿Puedo incluir mi hija cuando mi esposo me pida o debe pedirla su pareja? ¿Tenemos que pagar la deuda del parto o eso es un problema?
. La pareja de mi hija es residente y mi pareja es americano y nos casaremos en marzo. ¿Puedo incluir mi hija cuando mi esposo me pida o debe pedirla su pareja? ¿Tenemos que pagar la deuda del parto o eso es un problema?
Respuesta:
No puedes incluir tu hija en una petición hecha por tu esposo, por lo tanto, es mejor si la pide su pareja residente, tan pronto se casen. No tienen que pagar el parto, aunque ella ya no es elegible para visa de turista, porque cometió una violación de la ley de migración, al convertirse en carga pública.
jor si la pide su pareja residente, tan pronto se casen. No tienen que pagar el parto, aunque ella ya no es elegible para visa de turista, porque cometió una violación de la ley de migración, al convertirse en carga pública.
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